Los contribuyentes pueden acceder a un servicio más ágil y rápido para obtener su constancia de situación fiscal al acudir a los módulos de autoservicio ubicados en el SAT, informó Alejandra Paredes Hernández, administradora desconcentrada de Servicios al Contribuyente.

En conferencia de prensa, señaló que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha simplificado los trámites de RFC y firma electrónica (e.firma), además otorga facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) y agilizar la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.

En el trámite de inscripción en el RFC para personas físicas y morales ya no se requiere que el contribuyente realice la preinscripción en el Portal del SAT previo a su cita.

Para la inscripción en el RFC y e.firma de personas físicas, solo se requiere presentar la credencial para votar vigente expedida por el INE con domicilio visible y completo, toda vez que ya no es necesario presentar la CURP y comprobante de domicilio.

Para la renovación de la e.firma de personas físicas que tenga menos de un año vencida, puede realizarse el trámite por los canales remotos y, en caso de hacerlo en oficinas del SAT, únicamente se debe presentar una memoria USB, al identificarse con la huella digital.

En el caso de la constancia de situación fiscal se puede obtener en las oficinas del SAT solo con la huella digital o credencial para votar, y desde cualquier lugar a través del Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual.

Se habilita la Cédula de datos fiscales, una nueva forma para que los contribuyentes puedan consultar de manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal, la cual se puede consultar en:https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/

En tanto, los contribuyentes que tributan en el régimen Régimen Simplificado de Confianza (Resico) quedan exentos de presentar declaración anual y solo tienen que presentar pagos mensuales.

Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.

Las personas físicas que salieron del Resico pueden volver al mismo, al presentar un caso de aclaración, o bien, un aviso de actualización de actividades ante el SAT.