Hasta 565 mil 700 pesos de multa pueden enfrentar las empresas que no pagaron el aguinaldo antes del 20 de diciembre, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, la cual fija esta prestación como un derecho obligatorio para todos los trabajadores.

Ricardo Melgoza, especialista en economía, explicó que el aguinaldo debe equivaler, como mínimo, a 15 días de salario y debe entregarse sin importar el tipo de contrato, la antigüedad del empleado o el tamaño de la empresa. Precisó que el pago debe ser en efectivo.

“El dinero tiene que ser dado en efectivo, no puede cambiarse por vales o cualquier otro sustituto. Si el patrón incurre en omisión de este ordenamiento, se hace acreedor a una multa de 5 mil 657 pesos como mínimo y hasta 565 mil 700 pesos como máximo”, dijo.

Respeto a los derechos laborales

Melgoza señaló que estas sanciones buscan garantizar el respeto a los derechos laborales y evitar prácticas que afecten la economía de los trabajadores. Agregó que el primer paso debe ser dialogar con el empleador, pero en caso de una negativa hay alternativas.

“Si usted no ha recibido aún su aguinaldo, tiene que hablar con su patrón para ver si hay algún problema administrativo, pero si hay una negativa, puede recurrir a la Profedet, puede escribir a [email protected], exponiendo su caso”, enunció.

Resaltó que la legislación en la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 87, señala que todo trabajador tiene derecho a recibir el equivalente a 15 días de salario, al menos, antes del 20 de diciembre. Puntualizó que el trabajador tiene un año para presentar su denuncia.

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