El Gobierno federal publicó el decreto de estímulos fiscales región fronteriza en el que se mantienen disminuciones en la carga tributaria en materia de los impuestos sobre la renta (ISR) y al valor agregado (IVA) hasta el 31 de diciembre próximo.

El decreto original se publicó el 31 de diciembre de 2018 y ha sido extendido en varias ocasiones.

El estímulo permite aplicar un crédito fiscal equivalente al 50 por ciento de la tasa general del IVA (16%), resultando en una tasa efectiva del 8 por ciento para los contribuyentes que realicen actividades económicas dentro de la región fronteriza.

Además del beneficio en el IVA, el decreto también contempla un estímulo para el Impuesto Sobre la Renta (ISR), permitiendo una tasa reducida equivalente a la tercera parte del gravamen causado en el ejercicio o pagos provisionales, aplicado a ingresos generados en la zona fronteriza.

Este decreto, que ha sido clave para mantener la competitividad de las empresas en la frontera, otorga beneficios fiscales a los contribuyentes ubicados en la franja fronteriza, como una reducción en el IVA y el ISR, lo que ha permitido generar dinamismo económico, consideró la Cámara Nacional de Comercio (Canaco), a través de su presidenta Elizabeth Villalobos Luna.

En la región norte

Desde el 31 de diciembre de 2018 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto de estímulos fiscales región fronteriza norte, en donde se otorgaron estímulos fiscales en materia de impuesto sobre la renta e impuesto al valor agregado, a los contribuyentes que contaran con domicilio fiscal, sucursal, agencia o establecimiento dentro de la región fronteriza norte.

En el caso de Chihuahua, el estímulo se aplica en los municipios de Janos, Ascensión, Juárez, Praxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame, Ojinaga y Manuel Benavides.

Dentro de las modificaciones que contiene el Decreto, destaca la sustitución de la presentación de una solicitud de autorización para aplicar los beneficios, por un aviso de inscripción al Padrón de beneficiarios del estímulo para la región fronteriza norte.

También el cambio de la periodicidad de la participación de los contribuyentes en el programa de verificación en tiempo real a cargo del Servicio de Administración Tributaria, anteriormente la información se proporcionaba semestralmente, ahora será anual.

Además, los contribuyentes que deseen continuar con la aplicación del estímulo deberán presentar un aviso de renovación a más tardar el 31 de marzo del ejercicio de que se trate, antes señalaba: “a la fecha en la que deba presentar la declaración anual”, por lo que las personas físicas deben tener presente la fecha señalada, para evitar perder el beneficio.