No todos los pensionados están obligados a presentar declaración anual, pero sí existen algunos casos en los que deben hacerlo.

De acuerdo con información de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), las personas pensionadas deberán realizar su declaración anual cuando se encuentren en alguno de los siguientes casos: si reciben ingresos anuales superiores a 400 mil pesos; si reciben dos o más pensiones al mismo tiempo, incluso si no superan el límite de 400 mil pesos o, si además de la pensión obtienen ingresos por otras actividades, como rentar una propiedad o tener un negocio.

Por ejemplo, una persona que recibe al mismo tiempo una pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y otra por viudez, o alguien que obtiene pensión del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste) y además recibe ingresos por renta de una casa o departamento.

En el país, las pensiones y jubilaciones cuentan con un límite de ingresos exento del Impuesto Sobre la Renta o ISR. Actualmente están libres de pagar este impuesto hasta un monto equivalente a 15 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Si el ingreso por pensión supera esa cantidad, el excedente sí puede estar sujeto al pago de impuestos, de acuerdo con lo que establece la ley fiscal.

Facilitan el proceso

Para facilitar el proceso, el SAT cuenta con un simulador donde los contribuyentes pueden revisar la información precargada y verificar si tienen saldo a favor o impuestos por pagar.

El SAT detalló que la nueva plataforma incorpora una precarga de información que incluye pagos provisionales, PTU pagada, retenciones de ISR, comprobantes fiscales de devoluciones y descuentos, así como remanentes de ejercicios anteriores, pérdidas fiscales, entre otros elementos.

Será necesario contar con e.firma y un servicio de banca electrónica, especialmente en casos donde exista saldo a pagar, ya que el monto deberá cubrirse por transferencia en bancos autorizados. Si se requiere modificar ingresos u otros datos, deberán presentarse declaraciones complementarias.

Cuando exista saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago, y si el saldo es cero, el proceso tomará 24 horas. El organismo afirmó que continuará implementando herramientas para facilitar el cumplimiento fiscal y fortalecer la recaudación.

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