Chihuahua— Pese a la reforma del 2010 que lo hizo federal, el secuestro con fines de extorsión en el estado ha ido en aumento, al acumular 46 carpetas de investigación al mes de septiembre, con lo que supera en un cuatro por ciento los delitos denunciados el año anterior y representa la más alta cantidad registrada desde el 2018, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Esta modalidad de secuestro acapara el tipo penal. De los 52 delitos denunciados en lo que va del año, 46 corresponden al secuestro extorsivo, tres al secuestro con calidad de rehén, dos al secuestro exprés y uno al secuestro para causar daño.

El secuestro extorsivo representa en lo que va del año el 88 por ciento de las carpetas abiertas por secuestro; el 86 por ciento en el 2024, el 77 por ciento en el 2023, el 57 por ciento en el 2022, el 69 por ciento en el 2021, el 70 por ciento en el 2020, el 87.5 por ciento en el 2019 y el 100 por ciento en el 2018.

De conformidad con la información pública en materia de delitos, el presente año, al mes de septiembre, acumula 46 denuncias, dos más que el año pasado, que llegó a 44, y muy por encima del 2023, cuando fueron registradas 37.

Del 2018 al mes de septiembre del 2025 han sido presentadas 251 denuncias por secuestro, de las cuales 200 corresponden a la modalidad de secuestro extorsivo.

En el año 2021 fueron 23 los denunciantes, casi el doble del 2020, cuando fueron presentadas 14 denuncias, igual número que en 2019, pero dos más que en 2022, en que los delitos llegaron a 12, y por encima de las 10 carpetas integradas en 2018.

Por el contrario, los delitos de extorsión solamente ascienden a 10 en el mismo período del 2025, la mitad de los denunciados en 2021, cuando el dato llegó a 20, y es la cima de carpetas abiertas, en un análisis efectuado en los reportes de los últimos siete años.

El secuestro es un delito asumido por la Federación y sancionado de conformidad con la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, reglamentaria de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre del 2010.

Con motivo de dicha reforma, el delito de secuestro fue derogado en el Código Penal del Estado de Chihuahua, mediante Decreto 230-2011 II P.E. publicado en el Periódico Oficial del Estado el 12 de febrero del 2011.

El artículo 9 de la Ley General en contra del secuestro y la extorsión establece que quien prive de la libertad a otro deberá enfrentar penas de 40 a 80 años de prisión, si la privación de la libertad se efectúa con el propósito de obtener, para sí o para un tercero, rescate o cualquier beneficio, detener en calidad de rehén a una persona y amenazar con privarla de la vida o con causarle daño para obligar a sus familiares o a un particular a que realice o deje de realizar un acto cualquiera, causar daño o perjuicio a la persona privada de la libertad o a terceros, o cometer secuestro exprés para ejecutar los delitos de robo o extorsión.