La pensión para adultos mayores es uno de los principales programas sociales del Gobierno federal, al que pueden acceder todos los mexicanos mayores de 65 años que residan tanto en el país como en el extranjero. En caso de fallecimiento del beneficiario no se puede “heredar” el pago de la Pensión del Bienestar. Sin embargo, los familiares pueden recibir un apoyo adicional por única vez, denominado Apoyo Económico de Pago de Marcha.
De acuerdo con las Reglas de Operación de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, los deudos de un derechohabiente fallecido tienen derecho a un Pago de Marcha. La Delegación estatal del Bienestar explica que para recibir este apoyo, los familiares deben seguir un proceso que incluye reportar la muerte del beneficiario, presentar la identificación oficial vigente, el acta de defunción, la Clave Única de Registro de Población (CURP), comprobante de domicilio, documento que acredite el parentesco con la persona adulta mayor, entre otros requisitos. En caso de no notificar el fallecimiento a tiempo, se perderá la entrega del apoyo. Es fundamental seguir las indicaciones de la Secretaría del Bienestar para garantizar que los familiares reciban el apoyo adicional en caso de fallecimiento del beneficiario de la Pensión del Bienestar. La Secretaría de Bienestar está obligada a dar de baja del padrón a esa persona adulta mayor, pues constituye un delito que alguien más cobre en su nombre. Vale recordar que el adulto auxiliar o representante debe ser nombrado desde la inscripción al programa y es el propio adulto o adulta mayor quien lo nombra. En caso de fallecimiento de la persona beneficiaria, se entregará a su representante o adulto auxiliar registrado en el Programa, por única vez, el Apoyo Económico de Pago de Marcha. Si la persona beneficiaria no hubiera designado a un representante o adulto auxiliar, el Comité Técnico del Programa podrá determinar bajo circunstancias especiales el otorgamiento de este apoyo.
Juárez
Lunes 05 Ago 2024, 12:55
¿Se heredan las pensiones del Bienestar?
En caso del fallecimiento del beneficiario, se otorga por única vez el Apoyo Económico de Pago de Marcha
Pavel Juárez / El Diario de Juárez