En una intervención realizada el pasado 24 de junio en apoyo al Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal (SSPM) aseguraron cuatro armas localizadas dentro de una vivienda, que fue desalojada por orden judicial según el expediente 912/2023, del fraccionamiento Jardines del Bosque.
En el lugar fue detenido por los policías preventivos el abogado Miguel Ángel V.R., por la probable comisión de los delitos contra la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y desobediencia y resistencia de particulares la madrugada del día 25, según informó personal de la SSPM.
Los datos oficiales indican que las armas incautadas eran probable evidencia de cuatro distintas carpetas de investigación de la Fiscalía General del Estado (FGE) y que estaban preservadas aún en sobres o envolturas con el número de los expedientes 5627/2016, 39967/18, 37-2018-003693 y 37329/2018.
La versión del fiscal Salas
Desde el pasado domingo El Diario solicitó la Fiscalía de Distrito en la Zona Norte la versión oficial de los hechos, ya que el caso quedó a cargo del agente del Ministerio Público, Alfredo López Pérez, adscrito a la Unidad de Servicio Público y Adecuado Desarrollo de la Justicia.
El fiscal Carlos Manuel Salas respondió, por escrito, que “como antecedente de investigación, se tiene conocimiento que en fecha 24 de junio de 2024, aproximadamente a las 15:33 horas, arribaron al domicilio ubicado en el fraccionamiento Jardines del Bosque agentes de la Secretaria de Seguridad Pública Municipal a fin de colaborar en un desalojo, el cual fue ordenado por el juez quinto familiar, razón por la cual se entrevistaron con el ciudadano Miguel Ángel Vargas (sic), manifestando no tener ninguna oposición, por lo que respecta al desalojo, localizan entre las pertenencias 4 armas de fuego, al verse sorprendido procede de manera rijosa, lo que facultó a los agentes a formalizar su detención, por configurar la posible comisión del hecho que la ley señala como delito, señalado como desobediencia y resistencia de particulares”.
Los artefactos decomisados
Datos del STJE indican que el desalojo fue ordenado por el juez quinto de lo civil por audiencias, como lo indica el expediente 912/23. Y para realizarlo intervinieron varios agentes preventivos, como fue solicitado por medio del oficio número SSPM/CGP/ LGG/3429/2024 en apoyo a un abogado y un actuario.
Los policías municipales aseguraron un sobre amarillo con una etiqueta con la leyenda C.I. (carpeta de investigación) 5627/2016, que contenía un arma de fuego tipo rifle calibre .22, marca Winchester y número de serie B1136911.
Una bolsa de plástico transparente con cinta adhesiva color rojo, con una etiqueta con la leyenda Carpeta de Investigación: 39967/18, que contenía una pistola tipo revolver negro con la leyenda Crosman Arms Co. y número de serie 576606644.
Otra bolsa de plástico transparente con cinta adhesiva color rojo, con una etiqueta con la leyenda carpeta de investigación: 37-2018003693, que guardaba una pistola negra con la leyenda grabada en el cañón Lorcin Miraloma. C.A. USA model L25 .25, calibre automático y serie 219382, con un cargador abastecido con cuatro cartuchos útiles sin marca.
Así como un sobre amarillo con cinta adhesiva color rojo, con una etiqueta con la leyenda Carpeta de investigación: 37329/2018, el sobre guardaba una pistola negra con la leyenda PFM16, 17F75193 BB. Cal. (4.5mm) o arma de aire.
Según la información aportada por el fiscal Salas “a dicho de los agentes captores, refieren que se trasladan con el activo en dirección de la Fiscalía General de la Republica, para formalizar su puesta a disposición, no siendo recibidos, estableciendo como justificación, porque dichas armas no son de su competencia (sin mediar ningún acuerdo, sólo la negativa verbal de la autoridad)”.
Mencionó que se aseguraron cuatro armas de fuego calibre .22,.25, 4.5, además de armas gas comprimido, las cuales se advierte que ninguna corresponde a las contempladas en la Ley Federal de Armas de Fuego.
“Toda vez que no se encuentran en alguna de las hipótesis contempladas en el arábigo 11 de la Ley de Armas de Fuego y Expositivos, por lo cual la norma jurídica que vela dicho actuar, únicamente impone una sanción administrativa (artículo 77 Ley de Armas de Fuego y Explosivos), la cual comprende de 10 a 100 días de multa, la cual debe de ejecutar, dicha sanción, en materia de Policía y Buen Gobierno”, se informó.
Liberan al detenido
Salas mencionó que en lo inherente a la puesta a disposición del tribunal, por lo que respecta al delito de desobediencia y resistencia cometida por particulares, el Código Nacional en su arábigo 140, cita que se dejará al detenido en libertad, en los injustos penales que no ameriten prisión preventiva y que el agente del Ministerio Público, no pretenda solicitar la medida más gravosa.
Sin embargo, el abogado omitió informar el motivo de la posesión de las armas de fuego que eran probable evidencia de diversas carpetas de investigación, el tipo de delito y si existía una investigación interna contra agentes del Ministerio Público a cargo de esos expedientes.
Salas dijo que por lo que respecta a las armas se encuentran bajo custodia de la FGE. “Actualmente se encarga Resguardo Temporal de Indicios (Retedi) del resguardo de evidencia.
Personal de esta Fiscalía dijo a El Diario que el abogado detenido fue agente del Ministerio Público años atrás y que fue puesto en libertad.
Respecto a las citadas carpetas de investigación explicaron que fueron iniciadas durante el período en el cual estaba al frente de esta Fiscalía Jorge Arnaldo Nava López y explicaron que esas armas deberían estar bajo resguardo o bien debieron ser destruidas por personal militar y no en posesión de un particular, por lo que no descartaron un posible robo o sustracción de evidencia que, aseguraron, debe ser investigado por el órgano de control interno.
Ninguno de los entrevistados precisó qué unidad de investigación tenía esas investigaciones y si fueron cerradas.