Luego de que se publicó el Reglamento de Bienestar Animal para el Municipio de Juárez, se han presentado ocho amparos, entre estos por la prohibición de las mutilaciones estéticas, dio a conocer la regidora coordinadora de la Comisión de Ecología y Protección Civil, Fernanda Ávalos Medina.
“Mi postura es clara: ningún capricho humano justifica cortar, mutilar y causar dolor a un animal para cambiar su apariencia”, manifestó. Se interpusieron ocho amparos ante la Secretaría del Ayuntamiento por siguientes motivos: la aprobación del reglamento, por excederse los límites de potestad reglamentaria. Además, por el artículo 29 fracción I y 70 del reglamento, que hablan de la mutilación y la eutanasia, y por los artículos 8, 12 y 94 sobre la Dirección, las facultades y la aplicación del mismo, afirmó la directora de Atención y Bienestar Animal (DABA), Alma Arredondo Salinas. Anotó que esos amparos fueron interpuestos desde el viernes y hasta ayer lunes por médicos veterinarios, básicamente por cuestiones médicas.“Lo único que nos corresponde a nosotros responder al amparo, en base a por qué estamos incluyendo estos temas en el Reglamento municipal, esta respuesta se hace por parte de Secretaría del Ayuntamiento, el presidente municipal y la Dirección, que son los que vienen mencionados en el amparo”, explicó Arredondo. El Reglamento de Bienestar Animal para el Municipio de Juárez, Chihuahua, entró en vigor el 2 de septiembre pasado, el cual establece la tutela y protección a animales domésticos, abandonados, comunitarios, de compañía, deportivos, adiestrados; de guía, asistencia y/o servicio, exhibición, espectáculo; monta, tira y labranza; trabajo y seguridad; investigación científica, de docencia y para zooterapia. Las multas por maltrato u omisiones van de los mil 173 pesos a los 17 mil 596, así como hasta 36 horas de arresto. El Reglamento se publicó el 2 de septiembre en la Gaceta Municipal, por lo cual entró en vigor al día siguiente. La Dirección de Atención y Bienestar Animal se encargará de aplicar y exigir el cumplimiento del Reglamento y la Secretaría de Seguridad Pública Municipal de detener y presentar ante jueces cívicos a quien ejerza maltrato animal. Algunas de las prohibiciones que marca el artículo 29 son la mutilación de animales con fines estéticos, utilizar perros para el cuidado de lotes baldíos, casas o cualquier propiedad deshabitada, el abandono de animales en la vía pública y/o lotes baldíos, incluyendo la liberación de los mismos en la mancha urbana. Así como tener viviendo a los animales en la vía pública o espacios públicos, permitirles que deambulen en la vía pública sin correa, sin supervisión y sin identificación, entre otros.