Era lunes al inicio de la semana, cuando al caer la tarde, la noticia de la muerte de un joven empleado de una pizzería en la avenida Valle del Sol circulaba en los medios locales. Se trataba de un incidente trágico que interrumpía la rutina diaria, dejando una herida visible en una comunidad que, sin embargo, parecía seguir adelante sin detenerse a cuestionar. Dos horas después de escuchar la noticia, acudí con mi hijo Santiago a buscar algo para llevar de comer a la familia. Pasamos por la misma avenida y, para mi sorpresa, encontré la pizzería abierta, operando como si nada hubiese ocurrido. Afuera, a escasos diez metros, el personal de la fiscalía mantenía un cerco perimetral alrededor del cuerpo de la persona.

Dentro de la pizzería, el ambiente era denso, cargado de una incomodidad palpable. Las personas que atendían se veían obligados a seguir cumpliendo pedidos, mientras la presencia de su compañero fallecido se convertía en una sombra pesada y dolorosa. Continuar sirviendo pizzas en esas condiciones, con la muerte tan cercana, era la representación cruda de la indiferencia hacia la salud mental de los trabajadores. ¿Cómo se supone que alguien pueda desempeñar su trabajo como si nada, tras haber perdido a un compañero de esa forma tan brutal?

¿Es esto justo? Ciertamente, en un juicio moral simple, no lo es. Pero más allá de eso, desde una perspectiva legal y laboral, tampoco debería serlo. La NOM-035-STPS-2018, norma mexicana que regula los factores de riesgo psicosocial en los centros de trabajo, establece con claridad que las empresas deben garantizar el bienestar emocional de sus trabajadores, identificando y previniendo factores que puedan afectar su salud mental. Un acontecimiento traumático, como la muerte de un compañero, obliga a la empresa a proveer apoyo psicológico y, sobre todo, permitir el duelo.

En este sentido, la indiferencia mostrada por la pizzería al seguir operando sin más refleja no solo la insensibilidad ante la tragedia humana, sino también una preocupante falta de cumplimiento de las obligaciones legales. En lugar de continuar como si nada hubiese pasado, deberían haberse suspendido las actividades y brindado apoyo a los trabajadores. No es solo una cuestión de ética; es un derecho. Porque cuando la productividad se coloca por encima del bienestar, lo que queda es un sistema laboral que deshumaniza, que trata al trabajador como una pieza reemplazable. Es hora de que nos preguntemos si este es el tipo de sociedad que queremos seguir construyendo.

En este sentido, la NOM-035-STPS-2018 establece que los centros de trabajo deben adoptar medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, los cuales incluyen la exposición a acontecimientos traumáticos severos, como la muerte de un compañero de trabajo. La norma también obliga a los patrones a proporcionar apoyo a los trabajadores que hayan sido expuestos a este tipo de situaciones.

Según la NOM-035, los patrones tienen la obligación de identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención con especialistas en salud mental, ya sea en instituciones de seguridad social o privadas, o con el médico del centro de trabajo. La presencia de un compañero fallecido sin la atención debida genera un factor de riesgo psicosocial que debe ser atendido​.

Más aún, la norma también establece que deben adoptarse medidas de prevención y acciones de control para mitigar los factores de riesgo psicosocial. Esto incluye brindar apoyo social, que consiste en promover el apoyo mutuo en la solución de problemas laborales entre los trabajadores, superiores y subordinados​.

Por ello, la obligación de promover un entorno organizacional favorable implica cuidar la integridad emocional de los trabajadores. En este sentido, la continuación inmediata de las labores de la pizzería, sin proporcionar apoyo o atender el impacto emocional del acontecimiento, contradice las disposiciones de la norma. La NOM-035 establece que se debe buscar un entorno en el que se promueva el sentido de pertenencia y se garantice la adecuada distribución de la carga de trabajo, evitando exponer a los trabajadores a situaciones emocionalmente dañinas​.

Este tipo de eventos dejan claro que la implementación de la NOM-035 es fundamental para garantizar que los trabajadores cuenten con un entorno seguro y saludable, no solo físicamente, sino también emocional y psicológicamente. Las empresas deben tomar en serio estas disposiciones y asegurarse de que todos sus trabajadores reciban el apoyo necesario cuando enfrentan situaciones que pueden ser traumáticas.

El hecho de que la pizzería continuara abierta mientras un equipo de la Fiscalía investigaba la muerte a tan pocos metros de distancia muestra una clara falta de observancia de las medidas de protección psicosocial que establece la norma. En este contexto, la NOM-035 debería ser un punto de referencia clave para la intervención de las autoridades laborales y para la acción por parte del empleador.

El derecho humano a un trabajo digno implica mucho más que el simple hecho de contar con un empleo. Implica tener la certeza de un entorno libre de incertidumbre psicológica, donde la salud mental sea una prioridad y no un lujo. La NOM-035 es, sin duda, una herramienta esencial para salvaguardar ese derecho, asegurando que los trabajadores no se vean forzados a desempeñar sus labores en condiciones que atenten contra su bienestar emocional.

Es un grito de humanidad, una llamada a la mínima empatía hacia las personas que cada día ponen su esfuerzo en el trabajo. No podemos permitir que la indiferencia hacia la vida y la muerte se normalice en nuestros espacios laborales. La aplicación rigurosa de la NOM-035 es una muestra de que estamos dispuestos a poner al ser humano en el centro de nuestras prioridades, por encima de la productividad inmediata, y a construir un sistema que valore a las personas y su dignidad antes que cualquier otra cosa.