Chihuahua es uno de los estados del país con el mayor número de clínicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) autorizadas para la interrupción legal del embarazo o aborto.
De acuerdo con el listado dado a conocer por el organismo médico, en la entidad pueden realizarse este tipo de procedimientos en las unidades médicas familiares de Juárez, Delicias, Chihuahua y el Hospital General Presidente Lázaro Cárdenas, también en la ciudad de Chihuahua. El estado con el mayor número de clínicas habilitadas es la Ciudad de México, con 15, seguido de San Luis Potosí, con 10, y Sinaloa, con siete. “Estas unidades cuentan con suficiente personal capacitado y no objetor de conciencia para garantizar una atención médica basada en los principios de igualdad, perspectiva de género, no discriminación, no revictimización y respeto a los derechos humanos, sexuales y reproductivos”, resaltó el ISSSTE en una publicación en su cuenta oficial en la plataforma X. En enero pasado, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobaron la acción de inconstitucionalidad 1/2024 solicitada por la Primera Sala, respecto a diversos artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto. El proyecto presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá declaró procedente y fundada la citada acción, derivada del amparo en revisión 666/2023 resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 por una mayoría de cuatro votos. En dicha resolución, la sala manifestó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal del Estado de Chihuahua son inconstitucionales porque vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar. También estableció que las disposiciones las obligan a ser madres, lo cual es contrario a su proyecto de vida y atenta directamente contra el derecho de disfrutar del más alto nivel posible de bienestar físico, mental y social, conforme a lo cual se les reconoce el control de su salud y su cuerpo, con inclusión de su libertad sexual. De igual forma, el amparo resuelto por la Primera Sala hace referencia a la obligación que tiene el Estado mexicano de reconocer, proteger y dar cumplimiento al derecho a la salud de las mujeres y personas gestantes, brindándoles las mejores medidas para su plena realización. Sobre esas líneas argumentativas, concluyó que los preceptos son contrarios a este derecho que incluye el acceso universal a los servicios más amplios de salud sexual y reproductiva, entendiéndose esto como un estado de bienestar y no como una mera ausencia de enfermedades en todo lo referido a su sistema reproductivo. [email protected]
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Domingo 23 Feb 2025, 12:30
Del país
Chihuahua, en el top de clínicas para aborto legal
Las unidades cuentan con personal capacitado y no objetor para realizar los procedimientos
Pavel Juárez / El Diario de Juárez