Ciudad Juárez.- Es común que, por desconocimiento, los padres registren de manera indebida a sus hijos con doble acta de nacimiento y doble CURP y, a pesar de que tramitar la impresión del documento se realiza a través de Internet, la baja debe hacerse de manera presencial.

Si al consultar la CURP aparecen dos códigos diferentes, el usuario deberá tramitar la modificación o corrección del documento acudiendo al módulo del Registro Nacional de Población (Renapo) más cercano.

De acuerdo con la Secretaría de Gobernación en su perfil oficial en la plataforma X, en caso de contar con una doble CURP, “no podrá realizar trámites ante las dependencias de la Administración Pública ni ser beneficiario de los programas que otorga el Gobierno”.

La CURP es un código exclusivo que se le asigna a cada persona, el cual se utiliza para identificarla a efectos de la ley. Sin embargo, existe un problema creciente en nuestro país: la duplicidad de CURP, también conocida como doble identidad.

La duplicidad de CURP o doble identidad se refiere a la existencia de dos o más CURP de una misma persona. Esto puede ocurrir por diversas razones, como cambios en el nombre, apellido o lugar de nacimiento, datos erróneos al momento de la emisión de la CURP, cambios de domicilio, entre otros.

En caso de contar con una doble CURP, primero se debe identificar que existe una doble acta de nacimiento y ubicar en dónde se encuentra. Posterior a ello hay que invalidar ese documento, es un proceso judicial en donde se publicarán edictos, se debe mandar llamar a dependencias federales como Renapo y Registros Civiles del estado en cuestión.

El juez competente será del orden familiar y la competencia se determinará en el Registro Civil del acta de nacimiento.

Los documentos a presentarse son: acta de nacimiento (todas las actas, sin excepción alguna, son cotejadas y verificadas con el libro original, y el tiempo de respuesta depende del Registro Civil), certificado de nacionalidad mexicana (siempre y cuando no exista un acta de nacimiento).

Además carta de naturalización y cualquiera de las siguientes identificaciones oficiales vigentes con fotografía, en original y copia: credencial para votar, cédula de identidad, Cartilla del Servicio Militar Nacional, cédula profesional, pasaporte, certificado de estudios, credencial del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y credencial del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste). (Pavel Juárez / El Diario)

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