El Código Nacional de Procedimientos Penales, en su artículo 113, establece los derechos que tiene cualquier persona a la que se le impute la probable comisión de un delito; entre ellos, se encuentra el de presunción de inocencia, que consiste en que todo aquel que es señalado como responsable de la comisión de un hecho delictivo, debe ser considerado y tratado, como inocente, hasta que no se demuestre su responsabilidad.

De dicho principio, se desprende el derecho de que, en todo momento, el imputado deberá contar con asesoría técnica por parte de un licenciado en derecho o abogado titulado, es decir, que la asesoría que éste requiera, venga de un especialista en la materia y como es bien sabido, a falta de esta, el estado le dotará a un defensor público, tal derecho se manifiesta incluso cuando el juzgador advierte que el imputado no está bien asesorado, por lo que lo hace de su conocimiento y lo invita a que nombre a un nuevo defensor.

Pues bien, atendiendo a lo anterior, los profesionales del derecho, pueden ser contratados por diferentes personas, esto ha generado socialmente una serie de especulaciones y calificaciones o juicios subjetivos de valor que, en el sentido moral, descalifican la labor que el defensor tiene y que, al momento de aceptar la representación de su cliente, se convierte en una obligación.

Traigo a colación estas líneas atendiendo a los ataques que, en Ciudad Juárez, se han llegado a presentar en contra de personas que ejercen la abogacía y que, comúnmente, se encuentran relacionados con el gremio penalista, es decir, los que practican la profesión en el área de los delitos y que, en su gran mayoría se convierten en defensores, pues la representación de la víctima sigue recayendo en el estado, a pesar de que existen casos en los que, los particulares, pueden ejercer la acción penal.

Y la pregunta es, ¿qué hacen los abogados en Juárez para que sus clientes lleguen al extremo de quitarles la vida?, será que limitan la comunicación con ellos y evitan contestar llamadas o mensajes, o bien, no llegan a las audiencias, cobran por una labor que no realizan y/o prometen un resultado diferente al que llegan a obtener.

Hipótesis y cuestionamientos podemos realizar muchos, lo cierto es que, ejercer la abogacía en Ciudad Juárez, y porque no decirlo, en México conlleva un riesgo grave, máxime que, el abogado tiene la obligación de defender a su cliente de manera profesional, empero, existen casos en los que tendrá que abandonar la defensa -claro atendiendo a la ética del abogado-, pues uno de los mandamientos del abogado refiere: “Se leal: leal para con tu cliente que no debes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti; leal para con el adversario, aún cuando él sea desleal contigo; leal para con el juez, que ignora los hechos y debe confiar en lo que tú le dices…”.

Los abogados penalistas, saben a lo que se arriesgan y muchos de ellos lo hacen por el amor a la profesión que se ejerce, por lo cual, es importante exhortar a la autoridad para que resuelva lo conducente en relación con los asesinatos que se han presentado en esta localidad y dé a conocer las circunstancias en las cuales los mismos se llevaron a cabo, pues la saña que se ha mostrado para con los abogados penalistas, es considerable.

Lo que ocurrió en Juárez, no es propio de esta localidad y difícilmente se puede decir que un abogado litigante, tiene la facilidad para reforzar medidas de seguridad y hacer uso del recurso que llega a obtener en el buen ejercicio de la profesión, para la adquisición de vehículos de seguridad u otras medidas de protección, lo esencial radica en el ejercicio profesional del derecho, es decir, nada de lo aquí expuesto justifica las conductas inadecuadas que algunos abogados presentan en el ejercicio de su profesión, pues recordemos, nunca se presume la culpabilidad de alguien, por el contrario es su inocencia la que, atendiendo a la buena fe, el abogado debe defender.