Ciudad Juárez.- Jueces federales dieron entrada a dos juicios de amparo en el estado de Chihuahua en contra de la reforma judicial que interpusieron 56 juzgadores locales con sede en Ciudad Juárez y Chihuahua.
En esta frontera, fue la jueza Séptima de Distrito, Claudia López López, quien resolvió inicialmente la suspensión provisional de los actos resultantes de la reforma al ser armonizados con las leyes estatales a favor de 31 titulares con sede en esta frontera, que son dos de magistratura y 29 de juzgados.
“Ante la evidente transgresión hacia las cláusulas o principios esenciales de la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las normas internacionales en materia de impartición de justicia (autonomía e independencia judicial), por parte de la iniciativa de ley reclamada y en virtud de los razonamientos expuestos (...) lo procedente es conceder la suspensión provisional de los actos reclamados”, se lee en la decisión de la juzgadora.
Interpusieron recursos en Ciudad Juárez y Chihuahua contra la reforma judicial
Entre los actos ordenados con esta suspensión, con efectos para los 31 juzgadores y magistrados solicitantes cuya labor se desarrolla desde Ciudad Juárez, se encuentra la no aplicación del decreto para la reforma judicial aprobada por el Senado de la República a mediados de septiembre, además de no removerlos de su cargo, no afectar sus sueldos para que sean menores que el de la persona titular de la Presidencia de la República (como marca la reforma).
Asimismo, se ordena al Congreso de la Unión ‘paralizar’ la realización de leyes secundarias, y al Congreso del Estado de Chihuahua no emitir la convocatoria a que están obligados en los 30 días posteriores a la entrada en vigor del decreto para conformar las listas de plazas de juzgados y magistraturas a votar en los próximos años.
Se estableció también que, de haberse publicado ya las listas de plazas disponibles para su votación, sean excluidas las de los quejosos.
Esta es una resolución de forma y no de fondo, por lo que la suspensión es provisional y el asunto aún debe ser analizado por la jueza federal de Distrito, de acuerdo con Maclovio Murillo, abogado representante de los 31 juzgadores estatales que laboran en Juárez, que el miércoles acudió a entregar tres cajas de documentos que resultaron en la conformación del juicio de amparo indirecto 939/2024.
El pasado miércoles Murillo Chávez precisó a El Diario de Juárez que aunque la normatividad local aún no estaba armonizada con la reforma constitucional, no existe una afectación directa al trabajo de estas plazas del Poder Judicial del Estado, pero responde a una previsión en la armonización que forzosamente tendrá que suceder.
“Se está reclamando la reforma judicial por resultar inconvencional e inconstitucional, pues vulnera las previsiones contenidas en el artículo 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y con ello el artículo 1° de la Constitución, que obliga a respetar las reglas de la Constitución y de los tratados internacionales”, indicó el jurista.
En la ciudad de Chihuahua la resolución inicial del juicio de amparo 2034/2024 fue el jueves 17 de octubre por parte de la jueza Tercera de Distrito, Jessica María Contreras Martínez, a favor de 25 juzgadores que operan en aquella localidad (cinco magistrados y 20 jueces).
Por parte de esa jurisdicción se resolvió provisionalmente que los poderes Legislativo y Ejecutivo estatales deben abstenerse “de realizar adecuaciones a las Constituciones locales y leyes secundarias que correspondan, así como la promulgación de las mismas”.
Y se instruye a que “permanezca inalterado el sistema judicial local vigente”.
Para este fin, los órganos judiciales tuvieron que omitir deliberadamente lo que establece el último párrafo del artículo 148 de la Ley de Amparo en la que se precisa que en juicios de amparo donde se resuelve la inconstitucionalidad de normas generales “en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales”. Es decir, la suspensión provisional que se dictó tiene efectos para todas las personas que se encuentren en similar situación que los 56 quejosos de estos dos recursos.
Con respecto a lo que deberá resolverse de fondo, el Juzgado Tercero de Distrito adelantó que deberá ser un control de convencionalidad, en el que se habrán de contraponer las normas jurídicas internas de México contra la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados internacionales aplicables.