Chihuahua, Chih.- Los integrantes del Órgano de Administración Judicial (OAJ) y el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del Estado optaron por no emitir un posicionamiento respecto al desacato de la resolución del juicio de amparo promovido por el exjuez local Luis Francisco de León Merino, quien no ha sido indemnizado conforme a derecho por la negativa de cumplir a cabalidad con el mandato judicial federal.

Hasta ayer por la tarde, solamente la magistrada presidenta del Poder Judicial (PJ), Marcela Herrera, señaló que el TSJ es respetuoso de las acciones del Órgano de Administración, al cual El Diario le solicitó una versión, sin que hubiera una respuesta.

Los integrantes del Órgano de Administración Judicial pueden ser sancionados hasta con 10 años de prisión en caso de que persista el desacato, según lo establece la Ley de Amparo en su artículo 267, el cual dice:

“Se impondrá pena de cinco a diez años de prisión, multa de cien a mil días, en su caso destitución e inhabilitación de cinco a diez años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos a la autoridad que dolosamente:

I. Incumpla una sentencia de amparo o no la haga cumplir; II. Repita el acto reclamado; III. Omita cumplir cabalmente con la resolución que establece la existencia del exceso o defecto; y

IV. Incumpla la resolución en el incidente que estime incumplimiento sobre declaratoria general de inconstitucionalidad”.

Añade que las mismas penas que señalan en este artículo serán impuestas en su caso al superior de la autoridad responsable que no haga cumplir una sentencia de amparo.

El promovente del recurso señaló que el motivo por el cual tramitó el amparo es que las personas juzgadoras titulares que no puedan acceder a una pensión o jubilación, en los términos de la Ley de Pensiones Civiles del Estado de Chihuahua, recibirían el pago de un finiquito “por el importe equivalente a tres meses de sueldo base y demás prestaciones laborales ordinarias". Lo que no fue cumplido.

Precisó que entre enero y febrero de este año decidió presentar un juicio de amparo en representación de su hija menor de edad para garantizar el pago suficiente que le permitiera cubrir sus necesidades. Incluso dijo que habló sobre el tema con Myriam Hernández, quien le dio el visto bueno.

Explicó que la suspensión derivada del amparo 41/2025VI-1 quedó firme en julio. En ella, la jueza federal ordenó a las autoridades realizar el pago de la liquidación “en el momento de la separación del cargo, de la pensión complementaria proporcional al 60 por ciento, así como el finiquito completo conforme al régimen previo: tres meses de salario integral (incluyendo la compensación), más 20 días de sueldo por año trabajado, y demás prestaciones de ley”.

Sin embargo estas disposiciones no fueron cumplidas, ya que el 9 de este mes fue citado en Recursos Humanos del Poder Judicial del Estado, en donde solamente le pagaron tres meses de sueldo, desatendiendo lo señalado por el mandato federal.